La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que las entidades financieras deberán informarle sobre las cuentas utilizadas para la repatriación de fondos vinculados al Aporte Solidario y Extraordinario, así como los movimientos que se registren.
La medida se estableció mediante la resolución general 4960/2021, que fue publicada hoy, martes, en el Boletín Oficial con la firma de la titular de la AFIP, Mercedes Marco del Pont.
El aporte solidario, conocido también como impuesto a la riqueza, alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en la Argentina por la totalidad de sus bienes (en el país y en el exterior), y a las personas humanas y sucesiones indivisas no residentes, por la totalidad de sus bienes en el país, siempre que los mismos superen la suma de $ 200 millones.
La fecha para la valuación de los bienes es la de entrada en vigencia de la Ley, es decir, el 18 de diciembre de 2020.
Las personas alcanzadas por este impuesto pueden optar hasta el 28 de abril inclusive para pagar un anticipo del 20% de la deuda consolidada e ingresar el saldo resultante en hasta cinco pagos mensuales y consecutivos.
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