La Secretaría de Comercio Interior reglamentó la Ley de Góndolas para las tiendas virtuales de las grandes cadenas de supermercados, cuyas webs deberán ordenar los productos de cada rubro de menor a mayor según su precio, para que los consumidores puedan ver primero los más baratos.
Este ordenamiento de la presentación deberá ser la opción predeterminada en las tiendas virtuales, que también podrán incluir otras alternativas de ordenamiento disponibles para la personalización de cada usuario, según la resolución 926/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.
Los supermercados tienen un plazo de 60 días corridos para adecuar sus locaciones virtuales a las obligaciones que dicta la presente medida.
Sus webs estarán además obligadas a indicar el producto de menor precio dentro de su rubro con un logo aprobado previamente por Comercio Interior. De esta forma, si el consumidor elige una opción de ordenamiento distinta a la determinada por la ley, igualmente podrá visualizar fácilmente el producto más barato por unidad de medida.
Además dispone que la oferta de productos elaborados por Pymes, agricultura familiar, campesina e indígena, cooperativas y asociaciones mutuales, deberán ser destacados con señalética específica aprobada por Comercio Interior.
La obligación de diferenciar los bienes de precio más bajo como los productos Pymes es la misma que rige en la ley de Góndolas para los comercios físicos. Asimismo, se debe usar la misma señalética en las tiendas virtuales y en los salones de venta para facilitar la visualización por parte de los consumidores.
La ley de Góndolas regula la oferta de alimentos, bebidas, productos de higiene personal y limpieza del hogar, y alcanza a todas las grandes cadenas de supermercados de todo el país.
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