El Impuesto a las Ganancias para empleados en relación de dependencia tendrá a partir del año próximo un mínimo no imponible (límite hasta el que no se paga el tributo) que aumentará en un 50,62%, gracias al ajuste automático respecto al período fiscal de 2021 por el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables.
Desde el 1 de enero próximo, los asalariados solteros que para 2021 tenían un piso de 175.000 pesos pasarán a otro de 263.585, nivel hasta el que no tendrán que pagar del impuesto, aunque habrá margen adicional hasta los 305.768 pesos mediante deducciones por el pago de determinados servicios, como los seguros y la medicina prepaga, entre otros.
En tanto, las personas casadas con dos hijos a cargo, el salario más bajo alcanzado por el impuesto será de 270.000 pesos, pero con la posibilidad de hacer una deducción por conyugue de 235.457 anuales y de 118.742 pesos por cada hijo menor a 18 años.
Los nuevos montos corresponden a valores de bolsillo, es decir, incluyen el proporcional del aguinaldo y son netos de los aportes a la seguridad social.
En abril pasado, el Gobierno aplicó una deducción especial para que aquellas personas que por entonces cobraban 150.000 pesos brutos o 124.500 netos no pagaran el impuesto a las Ganancias. Dicho limite fue elevado luego a 175.000 pesos, creando una categoría intermedia que pagaría un monto intermedio una vez superados el límite de 175.000.
Una de las mayores críticas al mecanismo de actualización del mínimo no imponible de Ganancias es que el ajuste no se hace por el índice de inflación sino por la variación salarial, que siempre va por detrás del alza del costo de vida.
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